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viernes, 15 de septiembre de 2017

Ocho años sin poder tener animales, después de ahorcar a sus perros

La juez impone al acusado un año de prisión por dos delitos y le aplica la atenuante de arrepentimiento.

Artículo de Susana Arizaga, tomado de La Nueva España.es

Ayuntamiento de Villaralbo | Wikipedia
El Juzgado de lo Penal ha inhabilitado durante ocho años para tener animales a un hombre que ahorcó a dos perros en marzo de 2016 en la localidad de Villaralbo, Zamora, delitos de maltrato animal que le han valido la máxima condena que permite el Código Penal en lo que a la prohibición de tenencia de animales se refiere.

El imputado, que era el propietario de los dos canes, está condenado también a un año de prisión, seis meses por cada una de las muertes de los animales, la pena mínima que establece la Ley para castigar esta conducta.

El procesado, de iniciales J.Y.Y., fue investigado por la Guardia Civil por arrojar a una perra de raza pitbull, de 18 meses, a un contenedor de basura después de que la hubiera ahorcado para matarla. El acusado tiró al animal después a un contenedor del municipio de Villaralbo, situado en la calle de El Río, según constaba en la denuncia y él mismo admitió minutos antes de que diera comienzo el juicio que debía celebrarse en el Juzgado de lo Penal.

Unos días más tarde, un vecino de esa localidad encontró a un perro mestizo en el mismo contenedor, con signos de violencia pero todavía con vida. El can resultó ser propiedad de J.Y.Y., quien trató de matarlo también mediante el ahorcamiento, como había hecho con la pitbull. Sin embargo, cuando lo tiró a la basura el animal todavía no había muerto. El acusado lo había introducido en una bolsa de tela.

El perro fue trasladado a una clínica veterinaria en estado muy grave, donde permaneció casi una semana hasta que, finalmente, no se pudo hacer nada por su vida y falleció el 3 de abril de 2016.

La magistrada del Juzgado de lo Penal aplicó al imputado las atenuantes de confesión y de arrepentimiento, a petición de la Fiscalía Provincial que alcanzó un acuerdo con el abogado del procesado, lo que permitió la reducción de la pena, después de que el dueño de los perros reconociera haber cometido los dos delitos por los que fue procesado. El Ministerio Fiscal accedió a rebajar los años de cárcel que exigía inicialmente, con lo que el acusado sorteó el ingreso en prisión.

Además, la acusación pública también estuvo de acuerdo en que la magistrada suspendiera la ejecución de las penas de prisión por espacio de tres años, con la condición de que durante ese periodo de tiempo no vuelva a delinquir.

La jueza aplicó el artículo 337 del Código Penal, que especifica como delitos de maltrato animal aquellos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos y establece penas de seis meses a año y medio de prisión a quienes sean responsables de la muerte de animales.

Inhabilitación máxima


La legislación vigente contempla la inhabilitación especial de dos a cuatro años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.

Este caso, investigado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Zamora, encaja con el delito que recoge el Código Penal, que castiga con penas de prisión e inhabilitación para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.

En concreto condena a quien "por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud o sometiéndole a explotación sexual, a un animal".

El Código Penal especifica que la infracción penal se produce cuando la víctima es un animal domesticado, como sería el caso de estos dos perros que el acusado tenía a su cargo, a los que ahorcó y arrojó con posterioridad a la basura.

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