Artículo de Irene Bascoy, tomado de La Opinión A Coruña
Perros acogidos en una protectora de animales. noe parga |
La recogida y alimentación de animales abandonados, vagabundos o extraviados solo podrá hacerse en casos excepcionales, "en situaciones de emergencia que puedan comprometer el bienestar de los animales". En el resto de supuestos, estará prohibido. Se multará con entre 100 y 500 euros a quien dé de comer a un animal que se encuentre solo en la calle y se sancionará con hasta 5.000 euros a quien se lo lleve para su casa. Así figura en el proyecto de Lei de protección e benestar dos animais de compañía en Galicia, un proyecto que ayer quedó visto en comisión y solo falta su aprobación en el pleno del Parlamento.
Inicialmente, las intenciones de la Consellería de Medio Ambiente eran más duras, ya que multaba a todos los que alimentaran o recogieran a animales extraviados, sin distinciones. El rechazo de asociaciones animalistas y de la oposición ayudaron a suavizar los planes de la Xunta. "Hemos pulido la redacción de la norma; nunca fue intención de la Consellería impulsar una prohibición genérica, pues en casos de necesidad entendemos que es lógico en un primer momento dar de comer al animal extraviado o incluso llevarlo para casa de forma puntual y desinteresada, aunque no haya autorización administrativa al respecto, pero luego los ciudadanos deben informar de la situación o llevar el animal recogido al centro autorizado correspondiente", explicaba ayer a este diario el diputado del PP, Gonzalo Trenor.
Otra de las novedades que incorpora la futura norma fruto del debate parlamentario serán las multas de hasta 5.000 euros por encadenar perros de forma permanente, ya que se considerará una forma de maltrato.
Como consecuencia de las negociaciones entre el PP y la oposición, se transaccionaron 54 enmiendas y se aceptaron otras 19. "Es muestra de una elevada capacidad de acuerdo", subraya Trenor, que remarca otro cambio con respecto al proyecto original que llegó al Parlamento esta primavera. Se amplían los plazos para recuperar animales perdidos. Serán diez días naturales desde la entrada de la mascota en el centro de recogida. Transcurrido ese plazo, podrá ser adoptado, tras ser declarado animal abandonado. Inicialmente, el proyecto de ley reducía a tres días, tras la notificación oficial, el tiempo para ir a buscar al animal extraviado, si no estaba identificado, y a seis, en caso de tener dueño.
La futura ley, que actualiza una norma de 1993, prohíbe los circos con animales salvajes, el tiro al pichón e implanta el sacrificio cero de mascotas, y apuesta en su lugar por la esterilización y el fomento de la adopción. También castiga con hasta 500 euros a quien no recoja de forma inmediata los excrementos de los animales en la vía pública, y con hasta 5.000 euros a quien mutile animales sin prescripción y control veterinario, por ejemplo por razones estéticas y de moda.
La nueva norma amplía los supuestos de maltrato animal y endurece las sanciones a quien infrinja daño a los animales.
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