Tomado de El Mundo.es
Un perro en un centro de acogida de animales. / CARLOS BARAJAS |
Más control y una supervisión más exhaustiva para garantizar el bienestar del animal. Ésa ha sido la premisa que, según la Comunidad de Madrid, se ha perseguido durante la elaboración del Reglamento para la Protección de Animales de Compañía, cuyo plazo de alegaciones finalizó el pasado viernes. La regularización de las casas de acogida y las protectoras sin refugio y los límites en los puntos de venta de animales son algunas de las novedades de la norma, cuyo objetivo es, conforme al Gobierno regional, cumplir los compromisos de "sacrificio cero, fomento de la adopción y tenencia responsable".
Según el director general de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, José Luis Sanz, es la primera vez que se contempla la casa de acogida como ente de protección. "Esta norma es pionera porque da cabida esta figura fundamental en la protección, que no estaba amparada en la ley anterior donde solo preveía el alojamiento de animales abandonados en albergues", cuenta.
De esta manera, las casas de acogida "deberán estar necesariamente vinculadas a un centro de acogida de animales registrados, y los animales permanecerán identificados a su nombre o al de la entidad que lo gestione". Ahora, para acoger a más de cinco animales en un domicilio es necesaria una autorización municipal. Tras la entrada en vigor del reglamento, las casa de acogida tendrán la obligación de registrarse y dependerán de los centros de acogida (asociaciones protectoras), que serán los responsables de garantizar que el animal es cuidado en las condiciones adecuadas. Por otro lado, los centros de acogida sin refugio no serán eliminados sino que, para seguir funcionando, "podrán conveniarse con centros de acogida que sí dispongan de refugio".
En el caso de las tiendas se limitará el número de animales alojados en ellas y los tiempos de estancia de los mismos. Tal y como reza el reglamento, "los centros de venta que ejerzan esta actividad en locales cerrados podrán alojar un máximo de ocho perros y gatos", para evitar el uso del animal físico como reclamo y la venta compulsiva de mascotas. Además, para garantizar el crecimiento del animal en las condiciones adecuadas, "la estancia máxima de perros y gatos en el centro de venta será de dos semanas, contados a partir de la fecha de su entrada en él."
Otra de las novedades en lo relativo a los puntos de venta de mascotas es la obligatoria existencia de "un responsable de la atención durante las horas de cierre al público del establecimiento". Esto obligará a los dueños de las tiendas a contar con un sistema de vigilancia que controle durante las 24 horas del día el estado de los animales.
Algunas de estas cuestiones han suscitado polémica entre los agentes implicados, sobre todo en lo referente a las casas de acogida y los centros. Mensajes como: "Las protectoras deberían recibir apoyo y no impedimentos" han sido la tónica entre los detractores. El área de protección animal de Izquierda Unida Madrid también se ha posicionado en este sentido, considerando que el Gobierno regional "se propone perjudicar a las asociaciones que, con sus propios recursos, mantienen, castran y dan un hogar a los animales abandonados". Se preguntan, además, qué sucederá con los rescates de urgencia en casas de acogida tras la entrada en vigor del reglamento que obliga al resgistro previo.
Desde la Comunidad de Madrid inciden en que es el borrador del decreto lo que está encima de la mesa. "Estamos recibiendo alegaciones que mejorarán el texto y nuestra voluntad principal es establecer una norma que garantice la protección de los animales, siempre a partir del diálogo", afirma Sanz.
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