Tomado de Última Hora
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La sanción de esta normativa comunal “de protección de poblaciones animales y prevención de la zoonosis” fue asegurada por 18 votos contra dos en contra, el de los ediles Rodrigo Buongermini y Federico Franco Troche.
El concejal proyectista José Alvarenga explicó que con esto se apunta a proteger a animales domésticos y silvestres que se encuentran en cautiverio, definiendo procedimientos como el trato humanitario a los mismos y la aplicación de la eutanasia.
Resaltó que también tipifica como actos de maltrato el no dar de comer a perros, gatos y otras especies y como crueldad el de matar sin motivo alguno y causando sufrimiento innecesario a los mismos.
SANCIONES. La nueva ordenanza establece una escala de faltas leves, graves y muy graves que se aplicarán a los propietarios que ignoren los alcances de la normativa municipal.
En el primer caso, la sanción es de 5 a 10 jornales mínimos, es decir, entre 350.775 y 701.500 Guaraníes (54.90 y 109.80 €). En esto se considera no disponer de archivos o fichas clínicas de animales, su venta o donación a menores de 18 años sin autorización de quienes tengan su patria potestad, entre otros.
Para aquellos considerados graves, la multa oscilará entre los 11 y 20 jornales, es decir, entre 771.705 y 1.403.100 Guaraníes (120.78 y 219.61 €). En este punto se castiga la posesión de especies peligrosas sin autorización, tenencia de animales sin la alimentación adecuada o en instalaciones inadecuadas, la no vacunación, entre otros.
Asimismo, las muy graves recibirán una pena económica que irá de 21 a 30 jornales, es decir, entre Guaraníes 1.473.255 y 2.104.650 (120.78 y 329.42 €) . Aquí se castigan los malos tratos y agresiones físicas o síquicas crueles a los animales, el abandono de los mismos, su utilización en espectáculos, peleas, fiestas populares y otras actividades, incitación a los animales para atacar a personas, entre otros.
Resalta que la incursión en esta última falta también será pasible de una prohibición de adquirir o poseer otros animales por un plazo que podrá ser de hasta diez años.
La reincidencia en estas infracciones será sancionada con el doble de la multa y no podrá volver a tener otro animal.
Las autoridades municipales podrán solicitar el apoyo de la fuerza pública para el cumplimiento de la ordenanza.
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