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martes, 26 de diciembre de 2017

Formación exprés a los abogados para aplicar la nueva ley de animales en divorcios y embargos

Los colegios profesionales impartirán cursos y seminarios para explicar las consecuencias de la última reforma del código civil.

Tomado de El Confidencial Digital.com

Un perro en una playa.
“¿Y ahora qué pasa con Toby?” Es la pregunta que han recibido muchos abogados de sus clientes. El estatus de las mascotas ha cambiado radicalmente: no son considerados bienes muebles, han dejado de ser cosas y se han convertido en seres vivos dotados de sensibilidad. Los letrados demandan más formación para litigar de acuerdo con la última reforma del código civil.

En este sentido, numerosos letrados han pedido a los colegios profesionales cursos o seminarios sobre esta materia para orientarse en la práctica jurídica y estar al tanto de cómo aplicar el artículo 333 del código civil.

“Los animales son seres vivos dotados de sensibilidad. Sólo les será aplicable el régimen jurídico de bienes en la medida en que sea compatible con su naturaleza y con las disposiciones destinadas a su protección”, reza textualmente el artículo, cuya redacción ha cambiado en su totalidad.

Añade en otros puntos que el propietario debe garantizar su bienestar, descarta de plano el maltrato y el abandono y, como novedad, el sacrificio excepto en los casos que determinan los reglamentos autonómicos.

Cambio radical en divorcios y embargos

La propuesta del PP, que ha aprobado el Congreso por unanimidad (uno de los pocos casos de esta legislatura), supone un cambio en la práctica legal. Los abogados consultados por El Confidencial Digital se refieren sobre todo a casos de mediación o litigios de derecho civil, y en concreto a divorcios y embargos.

Que el código civil considere los animales "seres vivos dotados de sensibilidad" implica que las mascotas de un matrimonio ya no son bienes muebles a repartir en caso de divorcio de la pareja. Además, el derecho protege ahora "los sentimientos del animal", según las fuentes consultadas, y no sólo su integridad física.

Por tanto, será un tema más a tener en cuenta a la hora de decidir quién se queda con la custodia de la mascota y qué régimen de visitas se establece. Lo mismo ocurrirá en caso de embargo: el juez no podrá incluir los animales propiedad del penalizado como bien mueble a embargar.

Formación exprés para adaptarse cuanto antes

Por eso, abogados de distintas comunidades autónomas demandan a los colegios profesionales que impartan cursos y seminarios sobre la actualziación del código civil. Señalan que es importante adaptarse cuanto antes a la nueva ley porque los procesos en curso ya deberán contar con esta novedad.

Por el momento, la propuesta ha tenido una respuesta positiva por parte de los colegios, que prevén organizar estos cursos de formación en los primeros meses de 2018. Fuentes cercanas a algunos colegios señalan que ya han impartido conferencias y sesiones sobre este asunto durante el curso, previendo que iba a ser aprobada la ley en el Congreso.

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