El personal que maneje animales utilizados, criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia, debe estar capacitado con cursos de formación para evitarles dolor, sufrimiento o daño.
Tomado de La Información.com
Así se recoge en una orden del Ministerio de Economía y Competitividad, publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y recogida por Servimedia, que complementa un real decreto de 2013 sobre las normas básicas aplicables en la protección de los animales de laboratorio.
La finalidad principal de la orden es “garantizar la protección y el bienestar de los animales”, por lo cual queda excluido de su ámbito de aplicación “las prácticas en las que no sea posible que se les ocasiones dolor, sufrimiento, angustia o daño duradero o equivalentes o superiores a los causados por la introducción de una aguja conforme a las buenas prácticas veterinarias”.
Así, el personal debe poseer la “capacitación necesaria” en el cuidado de los animales, la eutanasia de los animales, la realización de los procedimientos, el diseño de proyectos y procedimientos, la asunción de la responsabilidad de la supervisión ‘in situ’ del bienestar y cuidado de los animales y la asunción de las funciones de veterinario asignado.
Por ello, debe estar en posesión de una titulación universitaria y superar cursos de formación teórico-prácticos para adquirir el aprendizaje necesario.
En cuanto al uso de animales vivos en las prácticas docentes y formativas, la orden de Economía señala que “se refinará tanto como sea posible para eliminar o reducir al mínimo posible cualquier posible dolor, sufrimiento o daño duradero”.
(SERVIMEDIA)
jueves, 2 de abril de 2015
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario