Las condenadas no podrán tener animales durante dos años.
Artículo de Rosana Peiró, tomado de Cadena SER.com![]() |
Los servicios sanitarios que fueron atender al dueño de la casa por un infarto se encontraron a Luna en este estado. / Cadena Ser |
Dos sentencias han dejado claro que el maltrato animal no queda impune; que hacer daño a otro ser vivo tiene sus consecuencias; y que si lo haces, puedes ir a la cárcel. La primera de ellas es la que condena a nueve meses de cárcel* a una vecina de València por dejar que Luna, su perra, sufriera horribles dolores por úlceras enormes y un tumor de mamas extendido sin que su dueña hiciera nada por aliviar el sufrimiento.
La acusada, que no podrá tener animales a su cargo durante dos años, se negó a que la perra recibiera tratamiento alegando que no se lo podía costear. Desde Modepran-Asociación Protectora de Animales, entidad que interpuso la demanda, se explica que se le ofrecieron alternativas que la mujer rechazó. El estado de Luna era tal que a la protectora solo le quedó la opción de practicarle una eutanasia humanitaria.
La otra sentencia es la que condena a ocho meses de prisión a una mujer que cogió una camada de gatos recién nacidos, los metió en una bolsa, se fue al puente que une Real y Montroy y los arrojó por el barranco, lo que les provocó la muerte. La pillaron y dijo que eso es casi una costumbre; que lo hacen muchos. Eso también es delito y se paga con la cárcel, recuerda Amparo Requena, presidenta de Modepran.
*Recordar que en España es muy poco probable entrar a la cárcel por condenas inferiores a dos años si se carece de antecedentes penales.
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