Las condenadas no podrán tener animales durante dos años.
Artículo de Rosana Peiró, tomado de Cadena SER.comLos servicios sanitarios que fueron atender al dueño de la casa por un infarto se encontraron a Luna en este estado. / Cadena Ser |
Dos sentencias han dejado claro que el maltrato animal no queda impune; que hacer daño a otro ser vivo tiene sus consecuencias; y que si lo haces, puedes ir a la cárcel. La primera de ellas es la que condena a nueve meses de cárcel* a una vecina de València por dejar que Luna, su perra, sufriera horribles dolores por úlceras enormes y un tumor de mamas extendido sin que su dueña hiciera nada por aliviar el sufrimiento.
La acusada, que no podrá tener animales a su cargo durante dos años, se negó a que la perra recibiera tratamiento alegando que no se lo podía costear. Desde Modepran-Asociación Protectora de Animales, entidad que interpuso la demanda, se explica que se le ofrecieron alternativas que la mujer rechazó. El estado de Luna era tal que a la protectora solo le quedó la opción de practicarle una eutanasia humanitaria.
La otra sentencia es la que condena a ocho meses de prisión a una mujer que cogió una camada de gatos recién nacidos, los metió en una bolsa, se fue al puente que une Real y Montroy y los arrojó por el barranco, lo que les provocó la muerte. La pillaron y dijo que eso es casi una costumbre; que lo hacen muchos. Eso también es delito y se paga con la cárcel, recuerda Amparo Requena, presidenta de Modepran.
*Recordar que en España es muy poco probable entrar a la cárcel por condenas inferiores a dos años si se carece de antecedentes penales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario