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miércoles, 28 de julio de 2021

“No hacerse cargo de un animal recogido que necesita asistencia también es abandono”

Es el reclamo de la Clínica Veterinaria Ohana en relación a los animales que son abandonados en la puerta de su clínica.

Artículo de Francisca Bravo, tomado de Toledo Diario.es

No somos un centro de recogida de animales. Estamos cansadas de que nos dejen animales heridos en la puerta. Que nos llaméis para que nos quedemos con ellos porque los habéis encontrado. Que no os hagáis responsables de todo o que conlleva su rescate y acogida. Que incluso ofreciendo numerosas facilidades no son suficientes, cuando lo que se quiere realmente es que nos encarguemos al 100% y, en malas palabras, pasarnos el marrón”. Es el reclamo de la Clínica Veterinaria Ohana en relación a los animales que son abandonados en la puerta de su clínica.

El último es el caso de Mesie Tigú, un gatito con las dos patas delanteras fracturadas que fue abandonado en una caja al frente del centro veterinario. El animal, malherido, logró escaparse de la caja y se metió debajo de un coche. “Podría haber muerto”, asegura Paloma Carrasco, veterinaria de la clínica. Finalmente, se quedarán con el gatito, que ya está recuperándose.

“No hacerse cargo de un animal recogido que necesita asistencia también es abandono”, afirman desde la Clínica Ohana. Lo ideal, explican, es que si una persona se encuentra un animal abandonado en la calle se haga cargo del mismo. “Pero se trata de hacernos responsables, de quedarse con el animal, de pagar los gastos que necesite tanto en un veterinario como en una residencia que lo acoja. O si no hay más alternativa, contactar con una protectora, pero dejarlo en una clínica veterinaria no, porque no son sitios de recogida”, recalcan las profesionales.

De todos modos, conceden que no se sabe qué hacer en la gran mayoría de los casos. Una cosa es si el animal en cuestión tiene un chip. En ese caso, se puede acudir a una clínica veterinaria para conocer quién es la persona responsable del animal; también a la policía. Fuentes de la Consejería de Agricultura, que ostenta las competencias a nivel regional en cuanto a bienestar animal, señalan que se debe acudir a la policía local en primera instancia, puesto que el cuerpo también puede verificar a quién pertenece el animal.

“Si tienen chip, la policía sí está obligada a quedarse en custodia del animal; también la Guardia Civil”, recalcan. El problema con los abandonos, por ejemplo a la puerta de una clínica veterinaria, es que es una “manera de anestesiar la conciencia”. “Es decir, he hecho algo por el animal. Pero realmente también lo has abandonado”, recalca Carrasco. Por eso, desde la Clínica Ohana insisten en que se trata de un tema de educación ciudadana. “Si cada uno aportase lo poco que pueda, los animales no quedarían abandonados”, asegura. Por eso, piden a todos ser “responsables de nuestros actos”. “Seamos generosos y empáticos con los animales y con los profesionales que los asisten”.

Abandono animal, ¿de cuánto es la sanción?

El año pasado se aprobó en Castilla-La Mancha la Ley 7/2020, de 31 de agosto, de Bienestar, Protección y Defensa de los Animales de Castilla-La Mancha. En ella se reconoce al abandono animal como una infracción grave, que puede llegar a significar una sanción de entre 3.001 y 9.000 euros. La ley se creó, de hecho, para evitar, entre otras cosas, el abandono de los animales que según su articulado está prohibido.

“La finalidad de esta Ley es asegurar el bienestar de los animales, proporcionándoles la protección que les corresponde por su condición de seres sintientes evitando las situaciones de crueldad y maltrato, sufrimientos, dolor o angustias innecesarios, abandono, ausencia de auxilio, omisión y dejadez de atención. Será una prioridad la defensa de los animales en todas las situaciones que les causen un daño, físico y conductual, así como las que no aseguren un trato adecuado a cada animal”, reza el artículo 2.

Según la ley, un animal abandonado es aquel que está circulando sin acompañamiento de persona alguna y del cual no se haya denunciado su pérdida o sustracción, o aquel que no sea retirado del centro de acogida por quien ostente su propiedad o persona autorizada en los plazos establecidos en esta ley.

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