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martes, 27 de mayo de 2014

Imputados cuatro hombres por presunto maltrato a cinco gallos de pelea en Granada

La Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de los Animales prohíbe maltratar o agredir físicamente a los animales o someterlos a cualquier otra práctica que les irrogue sufrimientos o daños injustificados.

Tomado de La Razón.es


La Guardia Civil ha puesto a disposición judicial como imputados, no detenidos, a cuatro personas de entre 30 y 50 años y vecinos de Iznalloz (Granada), como presuntos autores de un delito relativo a la protección de la flora, fauna y animales domésticos por supuestamente maltratar a cinco gallos de los denominados "de pelea" causándoles lesiones graves, en una operación en la que han participado la Unidad de Seguridad Ciudadana (Usecic) y el Seprona de la Comandancia de Granada. Según informa el instituto armado en un comunicado, los imputados fueron sorprendidos el sábado por la tarde en la A-92 en un punto de identificación de personas y vehículos por la Usecic a la altura del kilómetro 118, en el término municipal de Albolote.

La Guardia Civil descubrió que los cuatro ocupantes de un turismo Seat León transportaban en el maletero cinco gallos de pelea, cuatro de los cuales presentaban heridas abiertas sangrantes, les faltaban plumas, los espolones y las patas también tenían restos de sangre y las cabezas estaban inflamadas, signos claros de que estos animales acaban de participar en una pelea. De hecho, la Guardia Civil vigilaba la A-92 tras tener noticias de que en Huétor Tájar y Atarfe pudieran celebrarse peleas clandestinas de gallos y, ante la dificultad de acceder a los locales cerrados y ámbitos domiciliarios en los que supuestamente tienen lugar éstas, optó por vigilar los accesos a estas localidades e identificar a aquellos vehículos y personas que pudieran dedicarse a estas actividades ilícitas.

La Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de los Animales prohíbe maltratar o agredir físicamente a los animales o someterlos a cualquier otra práctica que les irrogue sufrimientos o daños injustificados. En especial, prohíbe las peleas de gallos, salvo aquellas de selección de cría para la mejora de la raza y su exportación realizadas en criaderos y locales debidamente autorizados con la sola y única asistencia de sus socios. De ahí que a los imputados les sea aplicable el artículo 337 del Código Penal: "El que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente a un animal doméstico o amansado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud".

La Guardia Civil también les intervino a los imputados la cantidad de 1.535 euros que llevaban encima en el momento de la imputación al considerar que este dinero presumiblemente procedía de las apuestas que se mueven en las peleas clandestinas de gallos.

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