La tenencia de los animales domésticos esta regulada en las diferentes legislaciones de las Comunidades Autónomas, donde se específica todo lo referente a sus cuidados, higiene, documentación, vacunaciones, así como la tipificación de las infracciones y sus sanciones.
Artículo de Augusto González, tomado de La Crónica.netAgentes del SEPRONA en Poveda de la Sierra, donde encontraron 15 perros en malas condiciones. (Foto: Guardia Civil) |
Una quincena de perros sin microchip, sin vacunar, sin libro de registro, todo sin «papeles» y en unas condiciones higiénicas muy precarias. Esta lamentable instalación ha sido desmantelada y su propietaria, denunciada.
Según ha podido confirmar LA CRÓNICA, no se trata de un acopio de animales para su uso como rehala, contrariamente a lo que algún lector podría suponer. La Guardia Civil se ha encontrado con la actuación de una particular, que ha ido recogiendo perros con muy limitados medios, como se comprueba.
Agentes del SEPRONA de la Guardia Civil de Guadalajara llevaron a cabo una inspección en un supuesto núcleo zoológico, en el término municipal de Poveda de la Sierra. Llegados hasta allí, se encontraron con un total de 15 perros que presentaban numerosas irregularidades, tanto en materia higiénico sanitaria como medioambiental.
Perro en malas condiciones en Poveda de la Sierra. |
La actuación se ha saldado con la constatación de numerosas infracciones y la denuncia de la titular de los animales ante las administraciones competentes.
El bienestar animal es una obligación legalLa tenencia de los animales domésticos esta regulada en las diferentes legislaciones de las Comunidades Autónomas, donde se específica todo lo referente a sus cuidados, higiene, documentación, vacunaciones, así como la tipificación de las infracciones y sus sanciones.
Perro en malas condiciones en Poveda de la Sierra. |
En marzo de este mismo año entró en vigor en Castilla-La Mancha la Ley de Bienestar, Protección y Defensa de los Animales aplicable en esta región.
De ámbito superior, las conductas de maltrato y abandono de animales domésticos están recogidas en los artículos 337 y 337 bis del Código Penal y llevan aparejadas penas de prisión de hasta 18 meses, además de la inhabilitación para el ejercicio de cualquier profesión que tenga relación con los animales y para la tenencia de los mismos.
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